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13 de marzo de 2017

EN ESCUELAS DE SALTA: Dictámen para dejar sin efecto la educación religiosa en horario escolar

La Procuración General de la Nación, encabezada por Alejandra Gils Carbó, dictaminó el cese de la enseñanza religiosa dentro del horario escolar, como resultado del recurso extraordinario federal presentado por particulares y la Asociación de Derechos Civiles (ADC). El fallo indica que corresponde dejar sin efecto la sentencia de la Corte de Justicia de Salta.




La Procuración nacional consideró que la educación religiosa que se dicta en las escuelas estatales primarias de Salta es discriminatoria y lesiona la libertad de culto. 

En un instrumento que publicó el viernes la Procuración General de la Nación, el funcionario señaló: "Corresponde ordenar el cese de la enseñanza religiosa dentro del horario escolar y como parte del plan de estudios, así como de la realización de prácticas religiosas como los rezos, bendiciones y oraciones en los cuadernos".

El dictamen que firma Víctor Abramovich, procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, detalla con rigurosidad los puntos en los cuales la Provincia incurrió en ilegalidad con normas argentinas e internacionales al imponer la educación religiosa a los chicos de la escuela primaria.

“El modo en que se implementó la educación religiosa en la escuela pública, dentro del horario escolar y como parte del plan de estudios, lesiona severamente los derechos constitucionales fundamentales de las minorías religiosas y no religiosas”, indicó Abramovich.

El dictamen fue firmado el viernes pasado y a partir de ahora deberá ser resuelto por la Corte Suprema, luego de al menos siete años de instrumentación de esta materia en las escuelas primarias de la provincia. El aval de la imposición está regido por los artículos 8 -inciso m- y 27 -inciso ñ- de la Ley de Educación de la Provincia 7.546. 

El procurador entendió que las restricciones que se disponen en la práctica de la imposición de esta materia “son desproporcionadas e innecesarias y, por ello, inconstitucionales”. Aseguró que las normativas aprobadas en la legislatura provincial y sancionadas sin más por el Gobierno de Juan Manuel Urtubey “trajeron aparejados graves sacrificios a los aspectos más esenciales de la libertad religiosa”, como lo son: el derecho a elegir una creencia religiosa sin ser coaccionado, el derecho a no ser discriminado por la preferencias religiosas y la libertad a ser educado de acuerdo a las propias convicciones.

Entendió que ajustado a la autonomía de las provincias, se debe “confirmar la declaración de constitucionalidad del artículo 49 de la Constitución de la Provincia de Salta y de la Ley de Educación de la Provincia, a excepción de las cláusulas del artículo 27, inciso Ñ”, que impone la educación religiosa dentro del plan de estudios y del horario escolar. Y es que sostiene que con este tipo de medidas no solo se fue contra las creencias, sino que se expuso y discriminó a los chicos y chicas por sus creencias, o se los obligó a tomar creencias que no les eran propias.

Para que los chicos no sean segregados

En el dictamen Abramovich indicó que si bien el artículo 27, inciso ñ, de la ley 7.546 indica que en las escuelas públicas primarias brindarán enseñanza religiosa atendiendo a la creencia de los padres y tutores, las constancias de la causa muestran que “en los hechos, se ha dictado exclusivamente educación en el catolicismo”.

Entre los ejemplos señaló que en la Escuela Favaloro, en 2010, en el nivel primario participaron 680 alumnos de la clase de educación religiosa, de los cuales 21 pertenecían a la religión evangélica, 5 eran testigos de Jehová y 6 se manifestaron no creyentes. Solo 2 alumnos optaron por no participar de la clase, aunque al menos 34 manifestaron no ser católicos.

En la escuela Juana Moro de López, durante 2009, 267 alumnos primarios participaron de la clase de religión, de los cuales 37 no son católicos. Solo 2 alumnos no participaron de la materia. En 2009 en la Escuela Bartolomé Mitre, de 1012 alumnos de la clase de religión, de los cuales 96 no son católicos, ninguno optó por no participar.

En la Escuela Dodi Aráoz Usandivaras, durante el mismo año, participaron 406 de la clase de religión, de los cuales 27 se manifestaron no católicos y ninguno optó por no participar. En la Escuela Jacoba Saravia, durante el 2010, 507 alumnos cursaron la materia religión, de los cuales 24 manifestaron no ser católicos.

“La participación de alumnos en la instrucción católica aún en contra de sus creencias es corroborada por los formularios de opción acompañados, donde los padres manifiestan que no profesan ninguna religión y, sin embargo, consienten que sus hijos reciban enseñanza religiosa escolar”, indicó el procurador.

El hecho es que en algunos casos, los padres y representantes legales adujeron que “autorizaron que sus hijos permanezcan en la clase de religión a fin de que no sean individualizados y segregados o por cuestiones de seguridad”.

Fuente: Nuevo Diario

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